¿Qué gastos tendrás al comprar tu casa?

¿Qué gastos tendrás al comprar tu casa?
¿Has encontrado ya la casa de tus sueños? Probablemente habrás estado semanas viendo ofertas por internet y visitando distintos inmuebles hasta que, por fin, encuentras la que cumple con tus requisitos. Es el momento de dar el siguiente paso y hacer números ¿Tienes claro cuáles van a ser tus gastos? Veamos un pequeño resumen ¿Qué gastos tendrás al comprar tu casa?

Gastos Compraventa

Notaría. Los aranceles notariales están regulados por el Estado y se fijan en relación al valor del inmueble. El coste habitual oscila en una horquilla entre 600€ y 1.000€.

Gestoría. En caso de comprar la vivienda al contado, sería opcional, si bien es recomendable que todos los procesos, como liquidación de impuestos e inscripción registral del título de compraventa, se confien a profesionales especializados.

Registro de la Propiedad. Es el paso final del proceso de la compraventa y el que garantiza la mayor a seguridad jurídica. Sus honorarios están fijados por normativa y dependen del precio del inmueble.

El mayor gasto derivado de la compra va a ser el de los impuestos vinculados. En los inmuebles de obra nueva, el impuesto es el IVA, que en la Comunidad Valenciana asciende al 10% del valor del inmueble. Hay que añadir un segundo impuesto, el de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), que en nuestro caso es del 1’5%, con un tipo reducido del 0’1% si la vivienda que compramos va a ser vivienda habitual.

Para las viviendas de segunda transmisión el gravamen más importante es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), al tipo general del 10%. en la Comunidad Valenciana y del 8% en la Región de Murcia. No obstante, existen tipos reducidos, del 8% y el 4% para VPO, familias numerosas, menores de 35 años y discapacitados físicos o psíquicos (para información sobre tipos reducidos en otras regiones distintas a la Comunidad Valenciana, contacta con nosotros).

Gastos de la hipoteca

Desde la entrada en vigor de la nueva Ley Hipotecaria en junio de 2019, son las entidades bancarias las que asumen los gastos de IAJD, notaría, gestoria y Registro de la Propiedad derivados de la escritura de hipoteca, que con anterioridad pagaba el comprador. Así pues, los únicos gastos adicionales en caso de comprar mediante la concesión de un préstamo hipotecario serían dos.

La ley obliga a valorar la vivienda por una sociedad tasadora antes de la concesión del préstamo hipotecario. Es este informe de tasación el que utilizará el banco para determinar el importe de hipoteca aprobado. EI precio de la tasación varía dependiendo de la sociedad tasadora y de las características del inmueble.

Por parte del banco, puedes tener una comisión de apertura, que suele oscilar entre el 0’5 el 2% del capital concedido. No obstante, hay muchas entidades que no aplican esta comisión.

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